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Presidente Abinader establece nuevo horario de toque de queda

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Ciudadanos a favor y en contra se retome toque de queda por COVID, se muestran divididos en torno al pedimento del Colegio Médico Dominicano

Santo Domingo RD.- El presidente Luis Abinader emitió este lunes el decreto 432-21 que establece que el toque de queda será a las 11:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana del día siguiente, de lunes a viernes, con gracia de tres horas para la libre circulación.

Mientras que los sábados y domingos,  inicia de 9:00 de la noche a 5:00 de la mañana, con tres horas de libre tránsito con el propósito de que las personas puedan dirigirse a sus residencias.

Está pieza aclara además, que habrá una gracia de libre circulación de dos horas cada día.

Con estas medidas, se inicia la Fase dos de la desescalada del toque de queda, que busca flexibilizar la restricción de horario y posteriormente su eliminación, luego de finalizar la etapa tres de este plan, según lo anunciado por el presidente Abinader la pasada semana.

Asimismo, a partir del miércoles 14 de julio en curso, se deja sin efecto el artículo 8 del decreto núm. 419-2 y, en consecuencia, el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en lugares públicos y privados de uso público queda sujeto al horario regular del toque de queda.

Fase 3

Desde el miércoles 21 de julio del año en curso y hasta que las autoridades correspondientes los revisen, aplicarán los siguientes horarios en el territorio nacional:

Toque de queda todos los días desde las 11:00 p.m. y hasta las 5:00 a.m. del día siguiente.

Tendrá gracia de libre circulación todos los días desde las 11:00 p.m. y hasta la 1:00 a.m. del día siguiente, con el único propósito de que las personas puedan dirigirse a sus respectivas residencias.

Evaluación del levantamiento del toque de queda

Una vez iniciada la fase 3 del Plan de Flexibilización de las Medidas Restrictivas por la Covid-19, el Distrito Nacional y las provincias serán considerados para el levantamiento del toque de queda al momento en que por lo menos el 70% de sus respectivas poblaciones haya recibido la segunda dosis de la vacuna contra la Covid-19.

Lo anterior, sin perjuicio del mantenimiento o establecimiento de otras medidas que las autoridades competentes entiendan necesarias.

Más contenido por Redacción CDN

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