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Expertos disertan sobre el juicio mediático y el respeto al debido proceso

Al participar en el panel sobre «procesos judiciales mediáticos y el respeto al debido proceso», en el programa Despierta con CDN, el experto en Derecho Constitucional, Nassef Perdomo y los abogados penalistas, Carlos Balcácer y Miguel Valerio, abordaron este jueves los problemas de los inocentes o culpables que son juzgados por los medios de comunicación antes de ser condenados en los tribunales de la República.

Carlos Balcácer, planteó que el fenómeno reciente de la digitalización es una estructura que ha llegado al mundo para «vilipendiar» a una persona que se coloca en tránsito de una investigación, cuando ni siquiera se ha presentado una acusación.

El jurisconsulto sostuvo que el mal llamado populismo punitivo crea una gran atención en el morbo, ya que es la parte deleitosa del derecho procesal penal, sobre todo cuando hay rostros y figuras acusadas.

“Entonces, cuando se transita eso, y no tenemos en principio una regulación, porque fracasó la intención del Gobierno en cuanto ponerle cintura a ese tipo de libertinaje, vemos algunos periodistas irresponsables, entre ellos algunos que quieren engancharse a abogados después de viejos sin tener la humildad de acudir a una universidad en hora de la noche. Entonces agarran tu honra, de 30 o 40 años de trabajo, y colocarla a rodar en estos menesteres”, planteó.

El veterano abogado penalista sostuvo que esta situación se produce como consecuencia de la ausencia de un instrumento punitivo y represivo contra el profesional de la comunicación que se dedica a dañar honra y moral de las personas.

Ministerio Público sería responsable

Sin embargo, consideró que el Ministerio Público es el mejor aliado de esta problemática, pese a que es el órgano que está llamado a representar el interés social.

“El Ministerio Público se ha inscrito en lo que se llama una especie de ficción, o sea, entiende que con un aporte probatorio para solicitar medidas cautelares a un juez coordinador de la instrucción, piensa que ese solo caudal probatorio únicamente para tener autorización de hacer persecuciones punibles, ya eso implica de por sí una presunción de culpabilidad o responsabilidad”, enfatizó.

Indicó que el problema empeora nueve o doce meses después con la presentación del acto conclusivo por el que el Ministerio Público planta su acusación y solicita una prisión preventiva, misma que muchas veces se externaliza sin que la prueba haya pasado el tamiz del análisis.

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Manifestó que se trata de un drama que se ha instalado como parte de la estructura digital que en la actualidad está viviendo el mundo, porque República Dominicana conoció la separación del derecho penal y el procedimiento penal gracias a los Códigos Napoleónicos de 1884.

Al ser preguntados de las medidas que se deben tomar para limitar la actuación de los medios de comunicación en los procesos penales, el abogado penalista Miguel Valerio respondió que es imperativo preguntarse, qué tanto el juicio mediático afecta el concepto material y procesal del Derecho Penal que se llama presunción de inocencia.

El caso Dreyfus

“Vamos a poner como ejemplo el caso de Francia, donde hay una prensa muy crítica, incisiva y fuerte, que intercede en los procesos penales de forma normal. Hoy, ampliado por lo que se llama el fenómeno redes Twitter y YouTube. El caso Dreyfus en Francia cambió la percepción de la prensa de por vida, es el caso de un espía supuestamente alemán, francés, de origen judío, solamente por ser de origen judío había una estigmatización tan grande que una plaza en Francia se llenó de gente gritándole ¡asesiinoo! ¡mátenlo!”, relató.

Y, prosiguió: “Lo llevan a juicio, lo condenan y lo envían en una isla, porque hasta el Estado Mayor francés, porque era un caso militar tenía duda de si había que matarlo, pero la prensa lo condenó. Y un intelectual de la época,  Émile Zola, hizo el yo acuso, y eso cambió la percepción para siempre en Francia de los que es un imputado.

En ese sentido, dijo que a partir de ese hecho fue que se empezó a utilizar el término “presunto” en los procesos penales. Precisó que, incluso, en una prensa tan crítica como la norteamericana también se ejerce influencia, con un nuevo fenómeno que es incontrolable: los YouTuber, el Facebook y el Twitter, donde cada persona genera opinión pública.

Al referirse al caso del tribunal que varió la medida de coerción de los imputados Alexis Medina, Fernando Rosa, José Dolores Santana y Wacal Vernavel Méndez, de prisión preventiva a arresto domiciliario, garantía económica, impedimento de salida y grillete electrónico, deploró que en redes sociales se hiciera viral la publicación de una fotografía del magistrado Delby Timoteo Peguero, acompañada de un texto que decía: “¡Maten al juez!”.

Valora decisión del juez Timoteo

Aunque dijo que la decisión del Tribunal afectó a uno de sus clientes involucrados en el proceso, el jurista explicó que la sentencia del magistrado Timoteo fue dictada en Derecho, debido a que la ley ordena el cese de la prisión preventiva, en los casos declarados complejos, a partir de los 18 meses.

“El juez lo que hizo fue llegando 18 meses y varió la prisión preventiva, porque a partir de ahí entraba lo que es la pena anticipada. El Derecho es como el refrán: una verdad absoluta. Aquí estamos como verdad absoluta temas jurídicos muy técnicos que tienen diferentes interpretaciones. Los abogados sabemos cuándo nos dan un palo y cuándo no me lo dan”, argumentó.

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El abogado penalista dijo que tiene diferencias con muchos colegas, porque considera que el pleito hay que echarlo en los tribunales, en los medios, en las redes y en cualquier terreno que sea necesario, porque, según su criterio, su deber deontológico es únicamente con el cliente.

“Hay que tener la legitimidad y fortaleza de un cliente. Debemos saber la presión que siente un abogado, porque se estigmatiza a algunos juristas por defender un imputado, una cosa absurda”, expresó.

De su lado, el especialista en Derecho Constitucional, Nassef Perdomo, llamó a respetar los derechos fundamentales y el debido proceso de las personas que son procesadas o investigadas por la comisión de algún delito penal.

Qué es el debido proceso

El experto definió el debido proceso como el conjunto de garantías que establece el sistema jurídico para salvaguardar los derechos de la persona que está siendo sometida a un proceso judicial. Subrayó que esto existe para aplicar un hecho cierto: nadie tiene derecho a no ser sometido a la justicia.

“Como la justicia es la concreción del monopolio de la fuerza legítima que tiene el Estado para llevar una persona a la justicia, juzgarla y después sancionarla si resulta culpable, entonces tiene que hacerlo con un conjunto de reglas y garantías”,

Sostuvo que cada norma del debido proceso tiene un devenir histórico del tipo de abuso específico que se cometía. “Y por eso cuando se va desarrollando el Derecho, esas normas del debido proceso se van adaptando”.

El letrado consideró que centrar el discurso en contra de los jueces y el Ministerio Público es un error, porque su labor es acusar. Expresó que el Ministerio Público de hoy está actuando en un contexto distinto al anterior, por lo que, a su juicio, los abogados deben adaptarse a este fenómeno que ya es inevitable.

Aunque reconoció que el Ministerio Público simplemente cumple su función de acusar, advirtió de que no se debe adelantar el juicio como está ocurriendo en la actualidad.

Responsabilizó a los ciudadanos y a los medios de comunicación de crear un clima en el cual antes de que el Ministerio Público siquiera proceda formalmente con la acusación, solamente hay una solución aceptable, lo que es violatorio de los derechos de cualquier persona en particular.

Violaciones afecta a todas las partes

“Pero, en general, nos crea un sistema en el cual lo que se va a hacer en el Palacio de Justicia ya no es la búsqueda de la justicia sino una especie de teatro, donde la gente cumple con ciertas cuestiones y ya se supone que tiene que salir culpable”, explicó, al tiempo de señalar que esto ha afectado tanto al imputado como al Ministerio Público y los jueces, porque hay gente que piden que los salgan a cazar.

Manifestó que cuando el sistema de justicia se maneja en estas condiciones, en primer lugar, no logra el objetivo del proceso penal, que es la justicia, en razón de que sin las reglas del Derecho no puede haber condena jurídica.

“Segundo, no nos permite como sociedad alcanzar la catarsis que busca el proceso penal, porque si lo liberan es malo, debido a que había la obligación moral, entre comillas, de condenarlo, y si lo condenan es malo, porque el proceso no fue bueno. Es decir, pierde toda legitimidad”, agregó.

La gente podría buscar justicia en sus manos

Advirtió de que cuando ocurren estas situaciones la gente empieza a buscar la justicia en sus manos, lo que puede ser muy peligroso en cualquier sociedad.

“Si seguimos dejando que la justicia se guíe por las redes, que los juicios en las redes sean paralelos al de los tribunales con efectos reales, lo que vamos a hacer es condicionar a quién persigue el Ministerio Público. Y eso sí sería grave”, subrayó.

En ese sentido, planteó que, en un sistema judicial en el cual la selectividad no responde a la necesidad del sistema penal, sino a factores externos, como las redes, no es justicia. Recordó que la Constitución establece la responsabilidad del Estado y sus funcionarios por violación de derechos, lo que, para él, llegará en cualquier momento.

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El abogado constitucionalista lamentó que se esté creando un clima donde la persecución es más importante que la búsqueda de la justicia.

En relación a la filtración de documentos judiciales que se entregan a los medios de comunicación antes de que el Ministerio Público inicie el proceso ante los tribunales de la República, el abogado penalista Miguel Valerio explicó que en la legislación dominicana no existe sanción para las personas o entidades que filtran documentos de ciudadanos que están en proceso de investigación.

Por tanto, planteó que debe establecerse una sanción penal, administrativa y disciplinaria, según el caso, para cualquier persona o entidad que filtre un documento oficial, en razón de que se trata de un delito grave contra la administración de la justicia que daña la investigación y la moral del imputado.

“Usted no puede dañar la moral de la persona y la investigación por la filtración de un documento. Cuando aquí se legisle debe establecerse una sanción contra la administración de la justicia”, enfatizó.