Política

Especialistas dividen opiniones sobre propuesta de convertir partidos en sujetos obligados

Especialistas dividen opiniones sobre propuesta de convertir partidos en sujetos obligados
Especialistas dividen opiniones sobre propuesta de convertir partidos en sujetos obligados

SANTO DOMINGO, RD. – Las donaciones o aportes a los partidos, agrupaciones y movimientos políticos con dinero proveniente del narcotráfico, lavado de activos o cualquier otros tipos de recursos ilícitos, mantiene divididas las opiniones de expertos en materia económica y activistas sociales, respecto a si se debe crear o no un órgano que convierta a los actores políticos en sujetos obligados.

Mientras el economista y experto en prevención de lavado de activos, Roberto Mella Cohn, considera innecesario convertir los partidos en sujetos obligados, para evitar la penetración del crimen organizado en la actividad partidaria y el financiamiento con fondos ilícitos; Claudia Álvarez Troncoso, integrante de la Comisión de Justicia de Participación Ciudadana, plantea la necesidad de reformar la ley de partidos para crear un órgano supervisor y sancionador de este y demás delitos electorales.

Los especialistas hablaron del tema al participar en el panel del programa Despierta con CDN, titulado “Partidos políticos sujetos obligados no financiados”, en el que también estuvo presente el representante del Centro Juan XXIII, Hamilk Chahín.

Ley de Partidos establece control a las contribuciones ilícitas

Mella Cohn argumenta que la actual legislación electoral establece controles muy claros para evitar el financiamiento de los partidos, campañas políticas y candidatos con fondos ilícitos o de duda reputación, aunque admite que en principio “pareciera ser insuficiente, porque no se le da cumplimiento”.

El economista entiende que más bien debe tenerse una Unidad Especializada de Control Financiero de la Junta Central Electoral funcional, con capacidades técnicas y recursos, y sobre todo independiente, que fiscalice los partidos y los sancione en caso de incumplimiento, tal como establece la Ley de Partidos.

Además recomienda que si se quiere robustecer los controles y tomar prácticas de los sujetos obligados, debe colocarse la figura de un oficial de cumplimiento dentro de los actores de la vida partidaria, para lograr un cumplimiento preventivo y hasta realizar reportes a dicha unidad.

Ley de Partidos no tiene garras sancionadoras

De su lado, Álvarez Troncoso afirma que la deficiente aplicación de la ley de partidos respecto al financiamiento ilícito, se debe a que esta norma “no tiene las garras sancionatorias suficientes” para que los partidos se abstengan de recibir dinero ilícito.

“Lo que queremos establecer es que a la sazón de una supervisión más directa e influyente y que tenga las garras necesarias a nivel sancionatorio para el aspecto electoral. Tenemos que acompañarlo también con las obligaciones y responsabilidades, como las tiene un sujeto obligado de la ley de lavado de activos, es lo que queremos que se apoye y trabaje en conjunto”, sugiere la dirigente de Participación Ciudadana.

A juicio de Roberto Mella Cohn ese planteamiento parte de una premisa errada.“La idea es establecer más controles, porque pareciera ser que lo que ya tenemos fallan. Es un principio de control interno y cumplimiento que es errado. ¡si no funciona una cosa, vamos a poner más controles, sin revisar por qué no está funcionando lo anterior”, cuestiona.

Señala que la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, no establece un ente supervisor para los partidos políticos, razón por la que considera que para crear una autoridad competente debe modificarse esta norma.

“Porque si bien el Conclafit tiene la posibilidad de crear un sujeto obligado, no la tiene para crear una autoridad competente. Me pregunto: ¿Quién va a ser la autoridad competente para los partidos políticos? La Junta Central Electoral, la misma que en la actualidad está llamada a darle cumplimiento a la Ley de Partidos”, expone.

No hay garantía de cumplimiento

En este sentido, considera que no existe ninguna garantía de que incluyendo ese aspecto en la Ley 155-17 se le dé cumplimiento, a lo que  Claudia Álvarez Troncoso respondió enérgicamente diciendo que el órgano fiscalizador y sancionador puede crearse a través de las Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas, pero con la salvedad de que se le debe imponer el término “autoridad competente.

“Puede procederse como se hizo con la nueva ley de mercado de valores, para incluir que al Ministerio Público se le otorgue facultad de requerir información de manera directa a los sujetos obligados. No tenemos que tocar la ley de lavado de activos, que es un tema muy sensible para todos los que tratamos la temática”, plantea.

Los planteamientos de la integrante de la Comisión de Justicia de Participación Ciudadana son refrendados por el representante del Centro Juan XXIII, Hamilk Chahín, al asegurar que la creación de un ente regulador en adición a lo que existe habría mayor nivel de control.

“Que le pueda dar garras a la ley actual y que sea efectivo. Una de las cosas por las que los partidos se niegan, es que dicen que no tienen capacidad material de responder ante el compromiso de que los pongana como sujeto obligado”, expone.

Explica que un partido sujeto obligado tiene un deber de suministrar información y se hace pasible de demandas o penalidades de no cumplir el proceso. Dice que los partidos tienen miedo porque su operatividad es tan amplia que fácilmente se les podría filtrar donaciones o ingresos de ilícitos a lo que ellos no podrían dar respuesta.

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