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Consejo Nacional de Seguridad Social devolverá más de RD$7,000 MM a trabajadores que no calificaban a pensión por edad

Santo Domingo, R,D.- El presidente del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), Luis Miguel De Camps García, anunció la devolución de más de siete mil millones de pesos a más de 25 mil trabajadores que, por la edad a la que ingresaron al sistema, no calificaban para recibir una pensión.

La medida está contenida en la Resolución No. 545-01, aprobada este martes por el Consejo Nacional de la Seguridad Social.

La aprobación de esta resolución estuvo fundamentada en el informe favorable emitido por la Comisión Permanente de Pensiones del CNSS. La misma se produjo el pasado lunes 13 de junio. El resultado de la misma fue un análisis del marco regulatorio aplicable por parte de la comisión. Y surge de la inquietud del Presidente y Consejeros, quienes buscaban poder beneficiar a miles de trabajadores que se encontraban afectados por la situación.

De Camps García resaltó que esta resolución impactará positivamente y de manera inmediata a más de 25 mil de trabajadores. Quienes se encontraban en un limbo jurídico con relación a la devolución de sus aportes.

Al respecto subrayó que “esta resolución crea un precedente jurídico que le permitirá gozar de este beneficio a muchos trabajadores que, cada año, caen en esta situación por haber llegado a la edad de 60 años sin contar con las cotizaciones requeridas por la ley para gozar de una pensión”.

La medida es un compromiso del presidente Abinader

El también Ministro de Trabajo reafirmó el compromiso del Presidente Luis Abinader, con la búsqueda de soluciones para los problemas que por años han afectado a los trabajadores dominicanos, sobre todo en lo que concierne a la seguridad social.

El Presidente Abinader nos ha trazado una ruta clara: asegurarnos de que todos los trabajadores disfruten sin restricciones de todos los derechos que le reconoce la ley. Este objetivo es el que guía nuestras ejecutorias y así seguirá siendo”, afirmó.

Asimismo, indicó que De acuerdo con la ley 87-01, los requisitos para que los afiliados al Sistema de Seguridad Social gocen de este beneficio son tener una edad de 60 años en adelante. Y poseer al menos 360 cotizaciones.

La resolución revisó el método de cálculo de la edad, establece el más amplio e inclusivo, para ser considerado de ingreso tardío, que son los 45 años». Esto supone que cada individuo al superar cada cumpleaños comienza a transitar la edad siguiente.

Además, se informó que a resolución beneficia a los afiliados, porque no tendrán que enfrentar trabas burocráticas. Y que facilitan el acceso de los trabajadores a sus derechos.

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