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Citan fortalezas y debilidades de la recién  promulgada Ley de Extinción de Dominio

Citan fortalezas y debilidades de la recién  promulgada Ley de Extinción de Dominio
Citan fortalezas y debilidades de la recién  promulgada Ley de Extinción de Dominio

Santo Domingo, RD.- El conteo regresivo para la entrada en vigencia de la Ley de Extinción de Dominio ya está en marcha y, aunque falta un año para que ocurra, abogados aseguran que tan pronto se incorpore, habrá un antes y un después en cuanto a la lucha contra el enriquecimiento ilícito.

La promulgada ley resume en su artículo 6 actos por los que se podría ejecutar la extinción de dominio a un funcionario, político y empresario. Incluye a cualquier persona que haya incurrido actos ilegales para aumentar su patrimonio.  Se trata de 27 puntos que van desde el tráfico de drogas hasta el uso indebido de información confidencial.

Aseguran que Ley de Extinción de Dominio establece elementos que corresponden a otras legislaciones

Es precisamente el artículo 6 el aspecto a mejorar de esta normativa, a juicio del presidente de la Fundación Justicia y Transparencia. Trajano Vidal Potentini, ya que el mismo abarca aspectos que deben ser competencia de otras leyes.

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La legislación protege la identidad de quien denuncie el enriquecimiento ilícito cuando se trate de narcotráfico o crimen organizado. Este tema junto a otros aspectos fortalece la lucha contra la corrupción al brindar protección al ciudadano, según el abogado Julio de la Rosa Tiburcio.

La ley se promulgó durante un acto en el Palacio Nacional.

Al promulgar la 340-22, el presidente Abinader advirtió que el que haya sustraído dinero del Estado tendrá que devolverlo con la fuerza de la ley.

Más contenido por Redacción CDN

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