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Prohíben enviar drogas por el Servicio Postal Mexicano

Prohíben enviar drogas por el Servicio Postal Mexicano
Prohíben enviar drogas por el Servicio Postal Mexicano

Este viernes entra en vigor la adición al Artículo 15 de la Ley del Servicio Postal Mexicano (SEPOMEX), con el que se prohíbe enviar de drogas y sustancias ilegales por correo, cuyo decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Ese artículo establece que queda prohibida la circulación por correo de envíos y correspondencia con diversas sustancias.

Los que contengan sustancias ilegales, psicotrópicas o estupefacientes”, se agregó en la fracción VIII del artículo, en el que se reformó la fracción II, para prohibir también los envíos de materias corrosivas, inflamables, explosivas o cualquier otra que pueda causar daños.

Con la publicación de este acuerdo se cubre una omisión en la Ley por parte del Congreso, que no consideraba esta prohibición a pesar de que el SEPOMEX cuenta con 2 mil 800 rutas, con 27 mil puntos de recolección y una cobertura en 98 por ciento del territorio nacional.

El Senado de la República aprobó un dictamen, en diciembre del año pasado, en el que se advirtió que la legislación del servicio postal data de 1986 y en ninguno de sus artículos se consideraba la prohibición para el envío de sustancias ilícitas, relacionadas con drogas.

En 2019, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN), Salvador Rosas, presentó una iniciativa para resarcir esa omisión en un servicio del Estado, ante el incremento de casos detectados sobre el trasiego de enervantes.

Más contenido por Redacción CDN

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