Política

Contraloría responde al PRM sobre solicitud de informe por compras hechas durante Estado de Emergencia

Contraloría General de la República

La entidad gubernamental  informó al PRM que para poder atender a sus requerimientos se debe esperar el vencimiento de los plazos legales

Santo Domingo.-El contralor general de la República Daniel Omar Caamaño Santana, comunicó que por estar aún vigente el Estado de Emergencia declarado así como las compras de emergencia establecidas mediante los Decretos Nos.133-20 y 144-20, las entidades mencionadas en los citados decretos, deberán remitir esos informes a la Contraloría General de la República, quince días después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia.

La Contraloría General de la República (CGR) respondió mediante al documento depositado en su sede central por el presidente del Partido Revolucionario Moderno, José Ignacio Paliza, en el que solicitó un informe detallado de las compras y contrataciones de bienes y servicios, hechas durante el Estado de Emergencia que vive el país.

La entidad gubernamental  informó al PRM que para poder atender a sus requerimientos se debe esperar el vencimiento de los plazos legales establecidos para los fines correspondientes.

También hace constar el documento que conforme lo establece la Ley No.10-07, sobre el Control Interno, en el párrafo II, en su artículo 26, la Contraloría General de la República (CGR) aplicará procedimientos de control interno posterior, para comprobar la aplicación y efectividad de los controles previos que están a cargo de los ejecutores directos de las operaciones.

La Contraloría hizo referencia a lo establecido en su artículo 4, numeral 1 y  8  de su reglamento sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, que  establece que: “Quince (15) días calendarios después de satisfecha la necesidad provocada por la situación de emergencia, la institución deberá rendir un informe detallado a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, para los fines correspondientes que deberá ser difundido a través del Portal Transaccional y en el portal institucional”.

Más contenido por Redacción CDN

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