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Álvaro Uribe recupera la libertad después de 67 días en detención domiciliaria

 Estaba privado de la libertad por orden de la Corte Suprema de Justicia

El expresidente colombiano Álvaro Uribe quedará libre después de 67 días en detención domiciliaria, por orden de una jueza de Bogotá que este sábado consideró que puede responder en libertad al proceso que se le sigue por supuesto fraude procesal y soborno en actuación penal.

La orden de libertad de Uribe, que desde el pasado 4 de agosto permanece en su hacienda «El Ubérrimo», en el departamento caribeño de Córdoba, fue tomada por la jueza 30 penal con función de garantías de Bogotá, Clara Ximena Salcedo Duarte.

«La decisión que adopta esta funcionaria es la de acceder a la solicitud por parte de la defensa, apoyada por parte de la Fiscalía General de la Nación y la representación del Ministerio Público, y en este orden y en consecuencia se dispondrá la libertad inmediata de doctor Álvaro Uribe Vélez», manifestó en una audiencia virtual la jueza.

Salcedo dijo en la audiencia, continuación de la celebrada el pasado jueves en la que durante 13 horas escuchó los planteamientos a favor y en contra de la libertad de Uribe, que «se dispondrá que se libre la respectiva boleta de libertad y las comunicaciones a las autoridades competentes».

Uribe, que fue presidente de Colombia entre 2002 y 2010, estaba privado de la libertad por orden de la Corte Suprema de Justicia, pero con su renuncia al Senado, a mediados de agosto pasado, el político, fundador y líder del partido de derecha Centro Democrático, perdió su fuero y el caso dio un vuelco en los tribunales.

La Corte Suprema ordenó su detención domiciliaria el 4 de agosto para evitar obstrucciones a la justicia en el caso por presunto fraude procesal y soborno a testigos que lo enfrenta desde 2012 con el senador Iván Cepeda, del partido de izquierdas Polo Democrático Alternativo, pero al perder el fuero su expediente pasó a la Fiscalía General, donde el expresidente considera que tendrá un trato más imparcial.

El paso del proceso de la Corte Suprema a la Fiscalía conllevó también un cambio en el procedimiento porque la misma Corte dictaminó el 5 de octubre que el caso ya no se puede conducir bajo la Ley 600 del año 2000 sino por la Ley 906 de 2004, como pidió la defensa argumentando que cuando pudieron haberse cometido los hechos motivo de investigación ya estaba vigente esta última.

En la audiencia de este sábado la jueza aceptó el argumento del abogado Jaime Granados, defensor de Uribe, según el cual para que haya medida de aseguramiento con privación de libertad, por la Ley 906, es necesario que previamente se haya realizado una audiencia de imputación de cargos, lo cual no ha sucedido hasta el momento con Uribe.

Fuente: EFE

Más contenido por Redacción CDN

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