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Colegio de Abogados convoca marcha para demandar destitución de presidente de la Suprema

Pide destitución del presidente de la Suprema Corte de Justicia

Santo Domingo, RD.- El Colegio de Abogados de la República Dominicana (CARD), convocó una marcha al Palacio Nacional para el 15 de septiembre del 2020 para solicitarle al presidente de la República convocar al Consejo Nacional de la Magistratura para que inicie el proceso de la destitución del presidente de la Suprema Corte de Justicia, Juan Henry Molina, por mantener una parálisis judicial en violación de varias leyes, códigos y de la Constitución de la República.

Miguel Surun Hernández, presidente del gremio, también sometió al presidente de la Suprema Corte de Justicia ante el Tribunal Disciplinario del CARD, por violación de la independencia de los jueces y juezas, interferencia en la administración de justicia, usurpación de funciones del Congreso Nacional y del Pleno de la Suprema Corte de Justicia; conculcación del debido proceso y de la tutela judicial efectiva y abuso de poder en perjuicio de la ciudadanía y de los profesionales del Derecho.

“Los tribunales están cerrados de manera forzosa desde hace más de 5 meses, a pesar de que están abiertos restaurantes, supermercados, bancos, plazas comerciales, hoteles y otras entidades; provocado graves daños a la economía de los abogados y de la sociedad en general”, expresó el gremialista.

Surun Hernández reiteró el llamado al Consejo Nacional de la Magistratura de reabrir cuanto antes las audiencias físicas o presenciales y anunció la continuación de las jornadas de protestas, las cuales incluirán un gran plebiscito para que todos los abogados del país manifiesten su apoyo a la lucha por la apertura de la justicia y en contra los juicios virtuales.

El gremialista explicó que la Resolución del Consejo del Poder Judicial que dispone el cierre de los tribunales y la aplicación de los juicios virtuales viola la Carta Magna, los Códigos Procesal Penal, de Procedimiento Civil, de Trabajo, de Comercio, Las Leyes 108-05 y 821 de Organización Judicial que de manera clara y precisa consagran y confirman que los juicios son públicos, orales, contradictorios, caracterizados por la intermediación, derecho que es vulnerado con los juicios virtuales, que implica que mediante una videoconferencia un ciudadano es juzgado, podrá perder sus bienes y ser condenado en la total clandestinidad, pues dichos procesos sólo los ve el que tiene el link, no son públicos, ni seguros.

Más contenido por Redacción CDN

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