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La CorteIDH reitera su competencia en los casos de derecho a la nacionalidad en RD

SJS03. SAN JOSÉ (COSTA RICA), 06/02/2014.- Vista de la audiencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) hoy, jueves 6 de febrero de 2014, en San José (Costa Rica), en el caso que juzga la CorteIDH sobre la presunta ejecución extrajudicial de los hermanos Landaeta Mejías, Igmar Alexander y Eduardo José, de 18 y 17 años, respectivamente, por parte de funcionarios del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado de Aragua en Venezuela. EFE/Jeffrey Arguedas

También indican que el TC de RD creó un ambiente de inseguridad jurídica

Santo Domingo, RD.- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), reiteró mediante resolución su competencia para conocer casos de República Dominicana relativos al derecho a la nacionalidad, en contra de una sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC), dominicano en noviembre de 2014.

En dicho dictamen, el TC declaró inconstitucional el Instrumento de Aceptación de la Competencia de la Corte IDH, órgano que ahora falla que, bajo el derecho internacional, la decisión desarrollada por el Tribunal dominicano «no es válida».

En una resolución publicada el pasado 23 de abril, el Tribunal Interamericano indicó que el país no ha cumplido con la ejecución de ninguna de las reparaciones ordenadas a personas dominicanas y haitianas expulsadas, informó este jueves la organización Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil) en un comunicado.

El Estado dominicano no envió representación el pasado febrero a una audiencia ante la CorteIDH sobre la supervisión del cumplimiento de dos sentencias sobre los casos de dos niñas conocidos como «Yean y Bósico», relativos a apatridia y discriminación a personas haitianas y dominicanas de origen haitiano.

Según afirmaron representantes del Movimiento de Mujeres Dominico-Haitianas (MUDHA) «el silencio del Estado dominicano y la falta de la repuesta mantienen a las familias en una situación de angustia e intranquilidad, puesto a que su futuro es incierto».

En su resolución, el Tribunal Interamericano indicó que el Estado dominicano lleva cuatro años sin informar a la Corte sobre el proceso de cumplimiento con las sentencias emitidas en su contra, resultando en un desacato de sus obligaciones derivadas de la Convención Americana.

En particular, la Corte señaló que la ausencia del Estado dominicano de la audiencia pública realizada el 8 de febrero de 2019 constituyó una «afrenta» a uno de los mecanismos más efectivos del Sistema Interamericano para avanzar en el cumplimiento de sentencias, hecho que solo ha ocurrido, hasta el momento, con el país y con Nicaragua.

La Corte también indicó que el Tribunal Constitucional de República Dominicana «creó un ambiente de inseguridad jurídica al emitir la decisión TC-256-14 en noviembre del 2014, que estableció erróneamente que la Corte IDH no tenía competencia para decidir casos contra el país y declaró inconstitucional el instrumento de aceptación de competencia de la Corte Interamericana».

Ante esto, la Corte Interamericana consideró en su resolución que «esa decisión es un obstáculo para el cumplimiento de sus sentencias, pues la fecha de su emisión coincide con la fecha en la que República Dominicana dejó de cumplir con su deber de informar e implementar las reparaciones ordenadas por el Tribunal Interamericano».

Por ello, la Corte IDH determinó que la decisión TC-256-14, que afecta especialmente a hijos de haitianos nacidos en el país, «no tiene validez en el derecho internacional» y, en relación con el estado de cumplimiento de las medidas ordenadas en sus sentencias, la Corte consideró que «el Estado no ha cumplido con ninguna».

Sobre las garantías de no repetición, específicamente las relativas al derecho a la nacionalidad, entiende que «dicho incumplimiento no solo tiene un impacto negativo en las víctimas de los casos, sino en todas aquellas personas que, frente a la falta de adopción de las medidas ordenadas por la Corte, ven vulnerado su derecho a la nacionalidad o se encuentran en situación de apatridia, en particular, personas dominicanas de ascendencia haitiana nacidas en República Dominicana.»

«La resolución de la Corte, reconoce que el marco normativo en materia de nacionalidad no ha variado en República Dominicana desde que la Corte emitió su última sentencia en el año 2014, lo que sigue colocando a miles de personas en situación o en riesgo de apatridia».

La Cejil recordó en la nota que, «como indica la propia Corte en su resolución, la apatridia coloca a las personas en una situación de extrema vulnerabilidad, pues las priva de acceso a derechos como educación, trabajo, salud, entre otros».

Las organizaciones representantes de las víctimas en este caso esperan que, a raíz de la resolución emitida, el Estado dominicano adopte medidas concretas para avanzar en el cumplimiento de las reparaciones pendientes e informe a la brevedad posible a la Corte Interamericana de los pasos adoptados en este sentido.

Más contenido por Redacción CDN

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