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ProCompetencia realiza encuentro con entes reguladores

Esto para proponer la reglamentación de competencia en mercados nacionales

Santo Domingo RD.- En el contexto general del Año de la Competitividad e Innovación, PRO-COMPETENCIA realizó un encuentro con entes reguladores del Estado, con el objetivo de socializar la reglamentación de competencia llevada a cabo por la institución y las ramificaciones de la competencia en los mercados locales.

Estuvieron presentes la máxima representación de las dependencias administrativas encargadas de regular los mercados de energía, hidrocarburos, transportes aéreo, marítimo y terrestre, telecomunicaciones, derechos de la propiedad intelectual (derechos de autor y derechos de la propiedad industrial), servicios profesionales de salud, servicios financieros (servicios bancarios, seguros, pensiones y mercado de valores). Esta convocatoria se realizó en virtud del mandato del artículo 69 de la Ley General de Defensa de la Competencia Núm. 42-08.

PRO-COMPETENCIA destaca la importancia de abordar de manera transversal las acciones de las instituciones públicas con los principales rectores con el fin de generar condiciones idóneas para que las actividades productivas generen una económica eficiente que redunde en el bienestar general del pueblo dominicano.

Sobre PRO-COMPETENCIA

La Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (PRO-COMPETENCIA) es el organismo del Estado dominicano responsable de promover y garantizar la competencia efectiva en el mercado de productos y servicios con el objetivo de incrementar la eficiencia económica de los mismos. De igual manera, vela por el eficiente funcionamiento de los mercados en una libre competencia, una cultura de buenas prácticas en los diferentes ramos de la actividad económica nacional y la promoción de políticas públicas que promuevan la competencia eliminando restricciones al ejercicio responsable del derecho a la libre empresa.

PRO-COMPETENCIA es un organismo descentralizado con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía jurisdiccional y administrativa para el ejercicio de sus facultades legales y el cumplimiento de los objetivos de la Ley General de Defensa de la Competencia, Núm. 42-08.

Más contenido por Redacción CDN

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