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Empresas de servicio a Buques declaran como arbitraria norma de Aduanas que grava desechos oleosos

Videos muestran momento de colisión del Ferry en Muelle Don Diego; empresa investiga incidente
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Expresa que los desechos que están exentos de pagos

San Cristóbal RD.- Las empresas de abastecimiento de buques y de recolectoras de desechos oleosos, conocido como (ShipChandler), expresaron su oposición a la norma 02-17 que fue publicada por la Dirección General de Aduanas (DGA) conjuntamente con la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), las cuales a su juicio pretenden establecer unos impuestos de manera arbitraria sobre los desechos líquidos (Slop o Sludge), los cuales en la Ley 3489 de régimen de aduanas establece en la partida 27102000, expresa que los desechos que están exentos de pagos son los desechos de aceites procedentes de buques que deben verter los barcos que tocan puertos dominicanos según el acuerdo internacional Marpol del cual el país es signatario, en donde los mismos solo hacen de transportistas hasta su destino final.

De igual manera, aclararon que no están contrario a pagar cualquier gravamen, pero estos deben ser sujetos a la ley, ya que dicha regulación se interpreta como que son empresas importadoras de combustible distorsionando su ejercicio empresarial.

A su juicio hay un claro interés en perjudicar a nuestro sector que tiene más de 30 años brindando servicio a los barcos, buques y naves que llegan a nuestros puertos, en donde más de 60 empresas formalmente registradas, que tributan y cuentan con un contrato con la Autoridad Portuaria para operar, así como licencias ambientales emitidas por el Ministerio de Medio Ambiente, generando cientos de empleos directos y miles indirectos.

Actuando en representación de los miembros de las asociaciones y empresas el abogado Lic. Pedro E. Jacobo A. de la firma Jacobo-Metz, expreso: La norma publicada por las autoridades de Aduanas e Impuestos Internos, desborda su competencia, ya que están grabando unos productos que no tienen partidas arancelarias definidas por tratarse de residuos oleosos, ni tampoco ser una importación de productos, debido a que las empresas que representamos suplen un servicio que está establecido por el acuerdo Marpol para protección y contaminación de los buques al medioambiente, lo que debería hacer el estado es facilitar la descarga en vez de crear trabas, pero peor aún pretende violentar el artículo 50 de nuestra constitución en relación libertad de empresa generando una competencia desleal, porque le da la potestad a las navieras para que designen que empresas pueden dar el servicio, y no le dejan a las líneas escoger las que mejor servicio brinde.

Más contenido por Redacción CDN

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