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Medio Ambiente cierra empresa en río Isabela

Medio Ambiente cierra empresa en río Isabela
Medio Ambiente cierra empresa en río Isabela

Se consideró que la empresa realizaba cortes, acopio y tratamiento de metales en áreas no impermeabilizadas

Santo Domingo, RD.- El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales canceló el permiso ambiental y cerró la empresa Metales Antillanos, ubicada en la Zona Industrial La Isabela, Villa Mella, município Santo Domingo Norte.

La compañía que representa José Ignacio Acero se dedicada a la compra, recolección, transporte, tratamiento-procesamiento de metales ferrosos (chatarras) para exportación, además, metales no ferrosos provenientes de las actividades de desguace de embarcaciones.

El Permiso Ambiental No.0558-07, de fecha 31 de marzo 2015, fue cancelado porque la empresa se encontraban realizando actividades permanentes de desmantelamiento de barcos dentro de la franja de los 30 metros de protección y el permiso solo contemplaba el uso temporal de dicha franja para realizar cortes de piezas grandes.

También se consideró que la empresa realizaba cortes, acopio y tratamiento de metales en áreas no impermeabilizadas; tampoco cumplió con el plazo otorgado de un año para impermeabilizar de un 30% a 40% según se establece en la disposición de su permiso ambiental.

La Resolución  no. RSA-2-2017-0042-VGA del titular de la cartera Francisco Domínguez Brito, indicó que otra de las razones que motivó la cancelación del permiso fueron: Realizar desguace de embarcaciones en una dársena o fosa no impermeabilizada, realizar quema de residuos a cielo abierto, de manera reiterada, y almacenamiento y disposición inadecuada de residuos peligrosos.

La medida también cumple con la resolución No.13/2016, mediante la cual se prohíbe las actividades y operaciones de desguaces de embarcaciones, así como el reciclaje de metales o de cualquier tipo en los ríos Ozama e Isabela, en virtud de las Declaratorias de alto interés y prioridad nacional, de la rehabilitación, saneamiento, preservación y uno sostenible de la cuenca alta, media y baja de los ríos Ozama e Isabela.

La medida fue adoptada en virtud de las atribuciones conferidas al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales por las Leyes: No. 64-00, General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales, del 18 de agosto del 2000 y No. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 9 de agosto del 2012.

Además, se instruye al Viceministerio de Gestión Ambiental, Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA) y a las demás dependencias competentes, coadyuvar para dar fiel cumplimiento a las disposiciones establecidas en la presente Resolución.

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