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TC dice es “arbitrario” responsabilizar a un director por hecho de un periodista

Santo Domingo RD.- El Tribunal Constitucional consideró que jamás podrían los directores o editores de ser responsables de manera principal de delitos realizados por editores, o sustitutos, impresores o autores subalternos en general, puesto que contradicen el principio de la personalidad de la pena.

Basados principalmente en ese argumento fue que el máximo tribunal declaró inconstitucional los artículos 46, 47 y 48 de la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento el pasado 21 de febrero, al acoger parcialmente una instancia incoada por varios directores de medios.

En la sentencia integra del Tribunal Constitucional -0075-16 publicada esta tarde por la alta corte, se resalta que en virtud de la Ley 6132, la prensa escrita está provista de un régimen subsidiario o en cascada de responsabilidad penal, en el cual, el director de la publicación es señalado autor principal de los delitos en que pudiere incurrir un periodista.

Más contenido por Redacción CDN

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