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Fernández asegura Plan Nacional de Regularización de Extranjeros es via para resolver problema inmigrantes

Leonel Fernández

Santo Domingo.- El ex presidente Leonel Fernández planteó que el decreto del Poder Ejecutivo 327-13 es la vía para resolver el estatus de los inmigrantes en situación irregular en República Dominicana, toda vez que por esa vía se respeta la sentencia 168-13 del Tribunal Constitucional y los derechos de las personas, y en consecuencia la soberanía nacional.

En un artículo publicado en el Listín Diario, Fernández, el presidente del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) argumenta que “al sostener las sentencias del Tribunal Constitucional el carácter de definitivas e irrevocables y ser vinculantes para los poderes públicos y todos los órganos del Estado, resulta inapropiado solicitarle al Presidente de la República, así como a cualquiera otra institución u organismo del Estado, que incumpla con su ejecución.

Eso sería incitarle a violar la Constitución y las leyes de la República, lo que conlleva consecuencias penales.

Fernández, después de sustentar la constitucionalidad de la soberanía y el alcance de las sentencias del Tribunal Constitucional, lo mismo que las prerrogativas de las personas y sus derechos, entiende que se puede buscar “una solución constructiva que permita conciliar la noción de soberanía nacional con la de respeto a los derechos humanos…” Y efecto, señala que para ello “hay que partir del principio de que la jurisdicción internacional no reemplaza o sustituye  la nacional, sino que la complementa”.

Entonces, observa que “el Estado nacional conserva, de manera íntegra, sus atribuciones jurisdiccionales para conocer de los hechos y resolver por vía de sentencia. Es lo que ha hecho el Tribunal Constitucional, en una decisión que si bien puede ser considerada controversial, ya tiene la autoridad de la cosa juzgada constitucional, y, por consiguiente, la presunción de verdad jurídica”.

Es ahí donde sostiene que la vía de solución está en la aplicación de las disposiciones del decreto 327-13 del presidente Danilo Medina, mediante el cual se instituye el Plan Nacional de Regularización de extranjeros en situación migratoria irregular.

Añade que “ese plan confiere la oportunidad de lograr algo sin precedentes en la República Dominicana, que es la de proveer un estatus de legalidad documental a todo extranjero que se encuentre radicado de manera irregular en territorio dominicano”.

El ex presidente invoca el párrafo del artículo 8 del Plan de Regularización, como la vía específica para decidir el estatus de los nacidos en el país de padres en condición irregular:

«Para los nacidos en territorio de la República Dominicana hijos de padres extranjeros en condición migratoria irregular a quienes no les correspondía la nacionalidad dominicana conforme a la normativa vigente, le asistirá la potestad de acogerse a un proceso especial para la naturalización…»

Pero ese párrafo completo precisa que esa “potestad de acogerse a un proceso especial para la naturalización…” debe ser a los “hijos de madres extranjeras no residentes, inscritos en el Registro Civil”, lo que sugiere que deben llenarse determinados rigores previstos no sólo en el decreto, sino también en la ley de Migración. De todas formas, el ex presidente resalta esas personas en esa condición “no quedan desnacionalizados”.

Y añade que “como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional 168-13, la República Dominicana no procederá a deportaciones masivas, nadie quedará en condición de apátrida, a ninguna persona se le privará del acceso a los servicios básicos y todo el mundo será respetado en su dignidad humana”.

Proclama que “a la República Dominicana hay que respetarle su derecho soberano a decidir quiénes son sus nacionales, quiénes son extranjeros, quiénes son indocumentados y cómo se regulariza y establece un sistema operativo de identidad personal”.

Soluciones viables e inteligentes

Ya al final de su artículo cita el caso mediante el cual la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos, en el controversial caso de Roe contra Wade, decidió legalizar el derecho al aborto, en 1973, decisión que “provocó la crítica airada de quienes consideraban que la Corte no reconoció, desde su concepción, los derechos de la vida humana fetal; o los que creían que la sentencia era ilegítima porque se desviaba de lo estipulado en la Constitución norteamericana, al extender el derecho al aborto a todos los estados de la Unión”.

Rememora que “el 22 de enero de cada año, al conmemorarse la fecha del referido fallo, centenares de miles de ciudadanos estadounidenses se concentran frente al edificio de la Suprema Corte de Justicia para protestar contra una sentencia que consideran ha violado el mássagrado de los derechos fundamentales de todo ser humano: el derecho a la vida.

“Sin embargo, a pesar de eso, a nadie se le ocurre pedirle al Presidente de los Estados Unidos que revoque la sentencia o incumpla con sus disposiciones. Tampoco debería ocurrir en la República Dominicana”, señala Fernández.

Aboga por soluciones inteligentes, pragmáticas y viables que permitan, al mismo tiempo, proteger la soberanía nacional y rescatar el prestigio internacional.

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